Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.503


Artículo D.503

La Intendencia reglamentará el presente Decreto, con comunicación a la Junta Departamental.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 03997/2018 de 2018-11-20 Artículo 19