VOLUMEN IV
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO II
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CAP. ÚNICO
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SECC. ÚNICA
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Podrán solicitar permiso para efectuar el Servicio de Remises cualquier persona física o jurídica pudiendo tener cada una hasta cinco permisos, a excepción de las sociedades cooperativas, las que no tendrán límite.
Para todos los casos, se deberá indicar qué personas tendrán a su cargo la explotación del mismo o la ejecución del servicio.
La solicitud se presentará en forma fundada ante al Intendencia Municipal de Maldonado, estándose a lo que ésta decida conforme a derecho.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 03997/2018 de 2018-11-20 | Artículo 4 |