VOLUMEN IV
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO II
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CAPÍTULO I
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SECCIÓN VI
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CONCEPTO DE PERMISO UNICO NACIONAL DE CONDUCIR.
PERMISO ÚNICO NACIONAL DE CONDUCIR (en adelante PUNC) es el permiso excepcional que otorga el Gobierno Departamental (en delante GD) a un individuo de acuerdo a la potestad que la Ley 18191 le confiere , para la conducción de vehículos automotores bajo las condiciones que se establecen en la misma y en la presente reglamentación .Puede contener una o varias Categorías de Conducir (todas de las que sea titular el conductor) y se expedirá aplicando el principio de unicidad (una persona puede ser titular de uno y solo un Permiso Único Nacional de Conducir ).Puesto que implica necesariamente la comprobación del estado de salud habilitante y la demostración de pericia e idoneidad individuales para desarrollar la actividad de conducción, posee un carácter personal e intransferible.
CONGRESO NACIONAL DE INTENDENTES DEL 27 DE JULIO DE 2017
VIGENCIA: A PARTIR DEL 1º DE ENERO DE 2018