Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.329


Artículo D.329

La Dirección de Tránsito y Transporte fijará las zonas de estacionamientos en los lugares de destino, quedando facultada para determinar el tiempo que permanecerán los vehículos en los radios de estacionamiento y la capacidad máxima de dichos radios.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3667 de 1992-12-23 Artículo 24