VOLUMEN V
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LIBRO X
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO I
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SECCIÓN II
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Podrán ampararse al presente Decreto las obras realizadas sin permiso de construcción en las azoteas de los edificios construidos por régimen de propiedad horizontal. En caso de que no se ajusten a la normativa vigente, luego de regularizadas serán aforadas a efectos del cobro de la Contribución Inmobiliaria con un coeficiente igual al doble del valor del monto aplicable al resto de la unidad.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3948 de 2016-05-24 | Artículo 10 |