VOLUMEN V
|
||
LIBRO IX
|
||
PARTE
|
||
TIT. ÚNICO
|
||
CAPÍTULO XVI
|
||
SECC. ÚNICA
|
En la parte más baja del recorrido la cabina, asegurados sobre elementos estructurales con suficiente solidez, se instalarán los paragolpes para absorber los impactos de la cabina con su carga o el contrapeso respectivamente.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3821 de 2006-12-19 | Artículo 28 |