Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.562


Artículo D.562

OBLIGACIÓN DE CONSERVAR LAS INSTALACIONES EN BUEN ESTADO  DE FUNCIONAMIENTO Y LIMPIEZA.

Los propietarios o usuarios de toda finca deberán mantener las instalaciones de distribución de agua potable y de desagües en buen estado de conservación, funcionamiento y limpieza, en todos los elementos de las mismas, como canalizaciones, aparatos, ventilaciones y demás partes complementarias.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3885 de 2011-09-06 Artículo 114