Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.549


Artículo D.549

EQUIPOS DE CONTROL EN LAS OBRAS.

El técnico responsable de la ejecución de las instalaciones sanitarias deberá proveer de los equipos, aparatos y útiles necesarios para poder practicar en forma correcta las inspecciones.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3885 de 2011-09-06 Artículo 101