Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.539


Artículo D.539

ALCANCE.

Lo que se establece en el presente capítulo y en su reglamentación, regirá a los  materiales, accesorios y aparatos, proyectos, construcción e instalación de los sistemas de ventilaciones de las instalaciones sanitarias internas.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3885 de 2011-09-06 Artículo 91