Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.502


Artículo D.502

LIMPIEZA DE LOS DEPÓSITOS.

Los propietarios estarán obligados a efectuar la limpieza periódica de los depósitos de reserva y de los tanques para bombeo. La Intendencia regulara a través de sus oficinas competentes la periodicidad de la limpieza y las penalidades en caso de incumplimiento.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3855 de 2009-11-03 Artículo 54