VOLUMEN V
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LIBRO VIII
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PARTE
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TIT. ÚNICO
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CAPÍTULO III
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SECC. ÚNICA
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CARACTERÍSTICAS GENERALES DE APROBACIÓN.
1) Todos los materiales, artefactos o equipos a ser utilizados en las Instalaciones Sanitarias Internas deberán contar con la previa aprobación de la Comisión Asesora de Materiales para Instalaciones Sanitarias. Dicho órgano asesor tendrá a disposición de los interesados un registro actualizado de los materiales y artefactos aprobados, así como un listado de las normas técnicas que sean aplicables y exigibles a la fabricación de los mismos.
2) Para la aprobación de los materiales se deberá cumplir estrictamente con lo que establezca el Procedimiento sobre aprobación y contralor de Materiales, Accesorios y aparatos a emplearse en obras sanitarias.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3855 de 2009-11-03 | Artículo 16 |