VOLUMEN V
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LIBRO III
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PARTE
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TÍTULO III
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CAP. ÚNICO
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SECC. ÚNICA
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Exoneración de Tasas. Las obras construidas al amparo de este Capítulo, están exoneradas del pago de derechos, impuestos y tasas municipales en materia de edificación y propiedad horizontal si correspondiere, excepto del costo de los planos tipo que se suministran.
Observación: Ver Resolución Intendente Departamental 2828/1998 de 8 de Setiembre de 1998. El juego de planos tipo para vivienda económica está fijado en $ 182 (ciento ochenta y dos pesos).
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3718 de 1997-12-23 | Artículo 349 |