Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.146


Artículo R.146

Las Resoluciones por atribución delegada, dictadas por el Director General de Tránsito y Transporte, podrán revisarse mediante Recursos o Peticiones, los cuales no generarán efectos suspensivos respecto del derecho de la Intendencia al cobro de las sanciones. Dichos Recursos o Peticiones podrán presentarse en la Dirección General de Tránsito y Transporte o en los Municipios del Departamento.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 05627/2015 de 2015-08-04 Artículo 4