Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.308


Artículo D.308

Zona 3.1. Centro.

a) Límites: Pertenecen a esta zona los predios:

1) de Las Flores, pertenecientes a la manzana 10 frentistas  a las manzanas  63, 5, 8, 7 y 9 y los de estas manzanas frentistas a la manzana 10;

2) de Bella Vista, frentistas a la calle 10 entre las calles 31 y 35  y los frentistas a la calle 4 entre ruta 10 y la calle 10;

3) del Balneario Solís, frentistas a la calle Al Taller de los Indios, entre las calles Chajá y la Ruta 10, los predios de la manzana 24 frentistas a la Ruta 10 y los predios de la calle Chajá desde la calle Al Taller de los Indios hasta la calle Del Pesquero; frentistas a la Av. Barreira desde las calles Pinar y San Carlos hasta las calles Molles y Sauce.

 

b) Normas Especiales: Se pueden construir sólo edificaciones bajas.

 

c) Area mínima de terreno por unidad locativa:     

- 100 m2 los programas comerciales

- 170 m2 el resto

 

d) Retiros mínimos:

      - frontales:   7 m sobre las calles Barreira y Chajá.

6 m con alineación obligatoria, los programas comerciales.

4 m los programas comerciales sobre calles laterales.

4 m el resto

- bilaterales: 3 m. No se exige en los programas comerciales.

- de fondo:   4 m

 

e) Altura máxima: 7 m.

 

f) Plantas edificables:   PB + PA

 

g) Ocupación:   En los solares con área inferior a 500 m2. y superior a 1.000m2, regirán los siguientes parámetros:

                         FOS SS             FOS   FOS PA            FOT     FOS V

ST<500               40                    30        30                    60        50

ST>1000             30                    20        20                    40        60

En los solares con área intermedia, los factores de ocupación se obtendrán de la interpolación de los anteriores valores.

A los edificios destinados a programas comerciales se les aplican los siguientes parámetros:        F.O.S SS:        60 %

               F.O.S.:             50 %

               F.O.S PA:         50 %

               F.O.T.:            100%

               F.O.S V:           30%



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 03733 de 1999-10-19 Artículo 13