VOLUMEN V
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO IV
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CAPÍTULO II
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SECC. ÚNICA
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Subzona 1.2.2. Bulevar Artigas.
a) Límites: pertenecen a esta subzona los predios frentistas al Br. Artigas entre la proyección del eje de la calle Caseros y Misiones.
b) Normas Especiales:
b1) Se pueden construir edificaciones bajas y bloques medios.
b2) Los predios que incluyen el cauce de la Cañada de la Cascada deberán presentar un plano con curvas de nivel, determinando el cauce y las zonas inundables, no pudiendo hacerle ninguna modificación sin previa autorización municipal.
b3) El curso de la cañada deberá conservarse y mantenerse limpio y en condiciones, debiendo ser incorporado al jardín.
c) Dimensiones mínimas de los predios:
- Bloque medio: 2.000 m2 de área y 30 m de frente,
- En la edificación baja no se exige ni área ni frente mínimo.
d) Area mínima de terreno por unidad locativa:
- Bloque medio: 15 m2.
- Edificación baja: 170 m2.
e) Retiros mínimos: - frontales: 6 m. sobre Br. Artigas con alineación obligatoria
4 m. sobre calles laterales
- bilaterales: 8 m. en los bloques medios.
3 m. en la edificación baja.
- de fondo: 3 m.
f) Altura máxima: - En los bloques medios: 28 m.
- En la edificación baja: 7 m.
g) Plantas edificables: - En los bloques medios: PB + 9PA
- En la edificación baja: PB + PA
h) Ocupación: F.O.S.: 30 % bloques medios
40 % edificación baja
F.O.S SS: 70 % bloques medios
40 % edificación baja
F.O.S PA: 30 % bloques medios
40 % edificación baja
F.O.T.: 300 % bloques medios
80 % edificación baja
F.O.S. V.: 40 %
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 03733 de 1999-10-19 | Artículo 13 |