Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.289


Artículo D.289

Los formularios una vez llenados, quedará el original en poder del contratante y las demás vías en poder del permisario, pudiendo el personal inspectivo municipal, retirar una de ellas cada vez que sea pertinente. 



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3661 de 1992-10-23 Artículo 10