Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.281


Artículo D.281

Remise es el vehículo destinado en forma permanente al servicio público de transporte de personas y su equipaje, en las condiciones establecidas por la Intendencia Municipal.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3661 de 1992-10-23 Artículo 2