VOLUMEN V
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO III
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CAP. ÚNICO
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SECC. ÚNICA
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La autorización será siempre en carácter precario y revocable, la solicitud deberá ser presentada antes del 15 de Noviembre de cada año, siendo su vigencia a partir del 15 de Diciembre.
Este permiso deberá renovarse todos los años.
Las tarimas deberán mantenerse en perfecto estado y retirarse al cerrarse el local por baja temporada.
En caso de que ocupe la calle y obstruya o dificulte la circulación vehicular, deberá ser desmontada al finalizar la Semana de Turismo.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 2521/2007 de 2007-09-14 | Artículo 5 |