Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.111


Artículo D.111

Aprobación. El proyecto de cercos es parte integrante del permiso de construcción, debiendo ser documentado en la presentación correspondiente. La construcción del cerco será optativa, pero la Intendencia Municipal se reserva el derecho de exigir su construcción, en los casos en que se estime necesario.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3718 de 1997-12-23 Artículo 110