Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.51


Artículo D.51

De la Infraestructura.

La Intendencia Departamental asumirá el costo de la infraestructura urbana pública necesaria para el funcionamiento del Parque Urbano Educativo y su posterior mantenimiento.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3925 de 2014-02-28 Artículo 7