VOLUMEN IX
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LIBRO III
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PARTE
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TÍTULO I
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CAP. ÚNICO
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SECC. ÚNICA
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La Intendencia Municipal de Maldonado localizará en el Departamento, el lugar de vertimiento de aquellos residuos sólidos contaminantes, de tal manera de evitar la contaminación en otras áreas o vertientes. El Municipio deberá tomar las determinaciones para obligar, incentivar y/o fomentar la utilización de procesos o tecnologías que permitan el control y neutralización de los elementos contaminantes incluso no otorgándose permiso de radicación de aquellas industrias de alta toxicidad.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3538 bis de 1986-11-21 | Artículo 8 |