Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.34


Artículo D.34

La Intendencia Municipal de Maldonado destina a Parque Industrial los padrones rurales Nos. 1222 y 7778, con una superficie de 69 hectáreas, 4.174 metros cuadrados, de la 3ra. Sección Judicial del Departamento, en proximidades de Pan de Azúcar concediéndose el uso de los predios en la forma establecidos en los artículos siguientes. Las Empresas que se puedan establecer en el Parque Industrial que se crea, deberán ajustarse a las normas jurídicas previstas en la Ley, y acreditar viabilidad económica y comercial en la forma que se reglamentará. Este Parque será administrado en la forma que la Intendencia Municipal de Maldonado, en acuerdo con los Organismos Nacionales competentes determinen, quién reglamentará su forma, integración, vinculación jerárquica, denominación, competencias y recursos.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3538 bis de 1986-11-21 Artículo 1