Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.102


Artículo R.102

Los aspirantes a becas de otras ciudades del Departamento podrán hacerlo en los Municipios correspondientes.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 784/2012 de 2012-01-27 Artículo 1