Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.99


Artículo R.99

La renovación requerirá la satisfacción de los siguientes extremos:

- Estudiantes de Nivel Terciario: aprobación por promoción o examen de, como mínimo el 50% de las asignaturas del curso en que se hubieran inscripto el año anterior al de la presentación de la solicitud Están eximidos de la satisfacción de estas exigencias aquellos estudiantes que por razones psicosomáticas se hubieran visto impedidos de asistir normalmente a los cursos debidamente certificadas, causal de la que deberá ser avalada por el Centro de Estudio que corresponda.

- En todos los casos será considerado como un impedimento para la renovación la mala conducta del becario, debidamente certificada por el centro de estudio.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 784/2012 de 2012-01-27 Artículo 1