Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.94


Artículo R.94

Se dispondrá de un cupo máximo de 10 becas para adultos Mayores a la edad especificada en el Art. R.92 y niños con capacidad excepcional y confirmada.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 784/2012 de 2012-01-27 Artículo 1