VOLUMEN IX
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LIBRO II
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PARTE
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TIT. ÚNICO
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CAPÍTULO I
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SECCIÓN IX
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Se podrán abonar períodos de amortización de hasta 1 año para los insumos y de hasta 5 años para las inversiones en equipamiento y mejoras fijas. También podrán autorizarse períodos de gracias de hasta 4 meses para los préstamos destinados a la compra de insumos y de hasta 1 año para el caso de los destinados a gastos de inversión.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 2278/2006 de 2006-06-12 | Artículo 1 |