Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.59


Artículo R.59

La presentación de las solicitudes se hará a través de formularios que serán entregados en la División de Desarrollo Local y en las Juntas Locales del Departamento. El gestionante deberá completar un FORMULARIO DE PROYECTO, para lo cual contará con la asistencia de los funcionarios de la dependencia receptora.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 2278/2006 de 2006-06-12 Artículo 1