Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.33


Artículo D.33

Créase una Comisión integrada por cinco 5 miembros y compuesta por dos miembros representantes de la Intendencia Municipal y tres miembros de la Junta Departamental, que tendrá como cometido el control del estricto cumplimiento de la aplicación de la presente Ordenanza y su reglamentación; especialmente el control del cumplimiento de los requisitos establecidos en el Art. D.25 dando su dictamen que será inapelable, sobre dichas condiciones.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3563 de 1987-07-24 Artículo 1