VOLUMEN IX
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LIBRO I
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PARTE
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TIT. ÚNICO
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CAPÍTULO III
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SECCIÓN II
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Las refinanciaciones dispuestas con anterioridad a esta Resolución, se otorgarán de conformidad a ellas, y serán comunicadas a la Dirección General de Hacienda Municipal.
La Dirección General de Hacienda incorporará las cuotas resultantes de las refinanciaciones acordadas al sistema de Cuentas Personales que se crea.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 2538/2001 de 2001-07-19 | Artículo 1 |