VOLUMEN IV
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO III
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CAP. ÚNICO
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SECCIÓN VII
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Será de absoluta responsabilidad de los Directores de Departamento el incumplimiento de esta disposición, como asimismo, el contralor sobre el vehículo o los vehículos que les han sido asignados.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 6940/1991 de 1991-11-19 | Artículo 2 |