Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.218


Artículo D.218

El cumplimiento del servicio de automóviles con taxímetro se regula por:

a) El presente Decreto Departamental: ?de servicio de automóviles con taxímetro en el Departamento de Maldonado.

b) Las Resoluciones del Intendente de Maldonado, que homologuen las tarifas fijadas por el Ministerio de Economía y Finanzas.

c) El otorgamiento de permisos para el ejercicio de la actividad por la Intendencia.

d) La fijación por el Intendente de Maldonado de las modalidades de servicio, en paradas fijas exclusivas o libres, en recorrido, por llamada telefónica o por contrato previo.

e) Las reglamentaciones que establezca la Intendencia del presente Decreto Departamental.

f) La fiscalización de la prestación de los servicios por la Intendencia o por solicitud de usuarios y normas concordantes y /o complementarias.



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Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 03999/2018 de 2018-11-27 Artículo 6