VOLUMEN IV
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO I
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SECC. ÚNICA
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El cumplimiento del servicio de automóviles con taxímetro se regula por:
a) El presente Decreto Departamental: ?de servicio de automóviles con taxímetro en el Departamento de Maldonado.
b) Las Resoluciones del Intendente de Maldonado, que homologuen las tarifas fijadas por el Ministerio de Economía y Finanzas.
c) El otorgamiento de permisos para el ejercicio de la actividad por la Intendencia.
d) La fijación por el Intendente de Maldonado de las modalidades de servicio, en paradas fijas exclusivas o libres, en recorrido, por llamada telefónica o por contrato previo.
e) Las reglamentaciones que establezca la Intendencia del presente Decreto Departamental.
f) La fiscalización de la prestación de los servicios por la Intendencia o por solicitud de usuarios y normas concordantes y /o complementarias.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 03999/2018 de 2018-11-27 | Artículo 6 |