Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.63


Artículo R.63

La documentación requerida será la siguiente:

a) Formulario debidamente llenado y asumiendo la obligación de cancelar todos los adeudos que el vehículo pueda tener en el Departamento de procedencia.

b) Recibo al día de la patente de rodados en la Intendencia de origen (pago anual o cuota que se esté cobrando en el momento de hacer el trámite).

c) Libreta de circulación expedida por la comuna de procedencia.

d) Certificado sin inscripciones expedido por el Registro Mobiliario Sección Prendas del Departamento de origen.

e) A los efectos de la transferencia se admitirá cualquiera de las alternativas admitidas por la Resolución 2169/996.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 1895/1998 de 1998-06-18 Artículo 3