Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.62


Artículo R.62

Dicho trámite abonará una tasa única de $500 (pesos uruguayos quinientos) que incluirá el derecho de inscripción y registro, las placas de matrícula, la cédula de identificación, la inspección, el derecho de expedición y los timbres.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 1895/1998 de 1998-06-18 Atículo 2