VOLUMEN VII
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO X
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CAPÍTULO I
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SECCIÓN III
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La División de Tránsito y Transporte, en coordinación con la División de Higiene y/o demás reparticiones de la Intendencia que oportunamente se involucren, ejercerán la fiscalización del cumplimiento de la presente normativa en lo que respecta al control de lo dispuesto en el presente capítulo.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3865 de 2010-04-27 | Artículo 20 |