VOLUMEN IV
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO III
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CAP. ÚNICO
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SECCIÓN I
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La Intendencia Municipal se reserva el derecho de inspeccionar en el domicilio de la empresa, en cualquier momento, el uso que se está dando a las placas entregadas, el contralor de los permisos y la efectiva existencia de las placas aún no adjudicadas. También podrá emplazarse a las empresas a presentarse en la Dirección de Registro de Vehículos, a los efectos de posibilitar dichos controles.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 2167/1996 de 1996-07-01 | Artículo 7 |