VOLUMEN IV
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO III
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CAP. ÚNICO
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SECCIÓN I
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Las empresas autorizadas dispondrán de un stock de hasta 25 juegos de placas de matrícula, con igual cantidad de permisos de circulación válidos por quince días corridos para ser entregados a aquellos clientes que deseen empadronar en el Departamento.
Dentro del plazo de 15 días establecido precedentemente la empresa deberá presentarse en la División de Registro de Vehículos y Conductores a efectos de abonar los tributos generados por la operación, entregar toda la documentación que se exija para los empadronamientos y retirar la cédula de identificación del vehículo.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 05278/2015 de 2015-07-07 | Artículo 1 |