VOLUMEN VIII
|
||
LIBRO I
|
||
PARTE
|
||
TÍTULO I
|
||
CAPÍTULO IX
|
||
SECC. ÚNICA
|
La Dirección General de Urbanismo se pronunciará en forma fundada sobre la viabilidad de la instalación del equipamiento, debiendo contar con informe previo de la Dirección General de Tránsito y Transporte y del correspondiente Municipio.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 08824/2016 de 2016-12-07 | Artículo 2 |