VOLUMEN VIII
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO II
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SECCIÓN IV
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El Jurado dará razón fundada de su fallo, quedando documentado en forma escrita. Los votos en contrario de la Mayoría del Jurado, deben fundamentarse. Su fallo de admisión será inapelable salvo que haya habido discrepancias en el mismo, de las cuales se haya dejado expresa constancia en las actas respectivas.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 5169/2005 de 2005-12-23 | Artículo 1 |