Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.48


Artículo R.48

La Comisión de feria actuará como fiscalizadora del fiel cumplimiento del Reglamento de feria, del fallo del Jurado y del normal funcionamiento de la Feria. En aquellas situaciones que no estuvieran previstas en el presente Reglamento, la Comisión de Feria laudará tomando como marco el espíritu del mismo.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 5169/2005 de 2005-12-23 Artículo 1