Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.214


Artículo D.214

Se entiende como Negociación Colectiva la que tiene lugar entre la IMM y la Organización de trabajadores municipales (ADEOMM),  con la finalidad de:

a) Fijar las condiciones de trabajo y empleo.

b) Regular las relaciones entre empleador y funcionarios.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3843 de 2008-10-06 Artículo 73