Digesto Departamental

Artículo R.43

A la División de Comunicaciones le compete:

a) Asesorar al Intendente Municipal y al Secretario General en la definición y aplicación de estrategias comunicacionales;

b) Programar, organizar, dirigir y desarrollar la actividad informativa municipal, tanto interna como externa;

c) Comunicar a la comunidad las realizaciones que la Intendencia ejecute en sus múltiples áreas de actividad;

d) Registrar las informaciones de interés para la Intendencia Municipal;

e) Coordinar con instituciones públicas y privadas el envío y recepción de material informativo de interés general o particular para la Intendencia Municipal;

f) Atender los contactos con los medios masivos de comunicación, en coordinación con el área de prensa.

Fuente Observaciones
Res.ID. 3216/2005 de 2005-07-07 Artículo 1