Digesto Departamental

Artículo D.327

La Intendencia Municipal de Maldonado desarrollará una campaña permanente a través de los medios de difusión, de educación extracurricular y promoción dirigida a la población en general, poniéndola en conocimiento de la situación del bosque, sus necesidades, las medidas de manejo dispuestas, así como de las normas y disposiciones que se adopten. Estas actividad deberá estar profesional y técnicamente orientada y ser complementada por la difusión de recomendaciones específicas y acciones concretas.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3602 de 1988-11-11 Artículo 24

Artículo D.328

La Intendencia Municipal de Maldonado coordinará con los organismos educativos nacionales (Primaria, Secundaria, Enseñanza Técnica, Instituto Normal, Universidad de la República), la inclusión en los programas curriculares de la temática referida a la conservación de los recursos naturales en general y del bosque en particular.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3602 de 1988-11-11 Artículo 25

Artículo D.329

Se encarará la difusión de las normas y disposiciones referentes al manejo del bosque a través de cursillos regulares dirigidos a las empresas locales involucradas en la gestión del mismo (viveros, forestadores, aserraderos, etc.).

Se harán asimismo cursillos de capacitación regulares para el personal municipal afectado a tareas referidas a la conservación del bosque y al control e inspección.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3602 de 1988-11-11 Artículo 26