Digesto Departamental

Artículo R.23

Dispónese que en todos los planes de vivienda de la Intendencia Municipal de Maldonado, incluido el de viviendas transitorias, existirá un cupo para asignar a mujeres jefas de hogar con hijos e hijas a cargo, víctimas de violencia doméstica, acreditada judicialmente. Dicho cupo será definido para cada programa, en acuerdo entre la Dirección General de Integración y Desarrollo Social y la Oficina de las Mujeres. Previo a resolver acerca de la solicitud, se solicitarán informes a la Oficina de las Mujeres y al equipo técnico de las Divisiones actuantes.

Fuente Observaciones
Res.ID. 5218/2008 de 2009-08-07 Artículo 1