VOLUMEN VII
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO II
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CAPÍTULO VII
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SECCIÓN VI
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Consideraciones Generales
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La Comisión Administradora se compromete a atender debidamente a los animales en pastoreo, limitando su responsabilidad a las condiciones y casos establecidos en Reglamento interno para Seguro de Mortandad de Animales del Campo Municipal de Recría "El Solar".
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 291/1995 de 1995-01-23 | Artículo 1 | |
Res.ID. 292/1995 de 1995-01-23 | Artículo 1 |
La Comisión Administradora fijará por lo menos tres veces al año visitas al Establecimiento en las que se juntarán los animales que podrán ser vistos por sus propietarios además de ver los adelantos, mejoras realizadas y mejoramiento del campo.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 291/1995 de 1995-01-23 | Artículo 1 | |
Res.ID. 292/1995 de 1995-01-23 | Artículo 1 |
La observación de los animales por parte de los propietarios podrá efectuarse en las fechas que fijen la Comisión Administradora.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 291/1995 de 1995-01-23 | Artículo 1 | |
Res.ID. 292/1995 de 1995-01-23 | Artículo 1 |
Los ingresos y salidas de ganado por parte de los propietarios podrán efectuarse en las fechas que determine la Comisión Administradora. A los efectos se harán concentraciones en lugares que determine la Comisión Administradora.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 291/1995 de 1995-01-23 | Artículo 1 | |
Res.ID. 292/1995 de 1995-01-23 | Artículo 1 |
Queda terminantemente prohibido todo tipo de caza y de corte de árboles indígenas dentro del Campo Municipal de Recría.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 291/1995 de 1995-01-23 | Artículo 1 | |
Res.ID. 292/1995 de 1995-01-23 | Artículo 1 |
Las situaciones no previstas en este Reglamento serán resueltas por decisión de la Comisión Administradora.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 291/1995 de 1995-01-23 | Artículo 1 | |
Res.ID. 292/1995 de 1995-01-23 | Artículo 1 |