Digesto Departamental
VOLUMEN VII
LIBRO I
PARTE
TÍTULO II
CAPÍTULO VI
SECCIÓN VIII
Entrega de Materiales Apícolas

Artículo R.148

La fecha de entrega de materiales así como las características de los mismos, deberá ser aprobada por el Técnico Apícola Municipal, teniendo en cuenta las necesidades reales del apicultor y el calendario productivo apícola.

Fuente Observaciones
Res.ID. 4053/1992 de 1992-09-28 Artículo 1