VOLUMEN VII
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO II
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CAPÍTULO I
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SECCIÓN I
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Ámbito de Aplicación
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La presente Ordenanza regula el ejercicio de la prostitución en locales y fincas adaptadas a tales efectos y la actividad de bares de camareras y afines en todo el Departamento de Maldonado.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3511 de 1985-12-13 | Artículo 1 |
La instalación y funcionamiento de fincas o locales destinados al ejercicio de la prostitución y a bares de camareras o similares, se ajustará a las normas que establece la presente Ordenanza, sin perjuicio de la competencia que en la materia corresponde al Ministerio del Interior.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3511 de 1985-12-13 | Artículo 2 |