Digesto Departamental

Artículo R.174

Cualquier acción que involucre árboles estará comprendida y sujeta a las Ordenanzas vigentes, para ello se deberá solicitar siempre y con una antelación de tres días hábiles los permisos en la Dirección de Obras y Talleres de la Intendencia Municipal de Maldonado.

Se deberá presentar un croquis o Mapa de Ubicación de las Obras.

PODA. Para realizar tareas de poda de los árboles del ornato público se deberá solicitar el Asesoramiento previo de la Dirección de Parques y Jardines de la IM de Maldonado.

RALEO. En caso de tener que abatir algún ejemplar deberá reponerse antes del encespedado. Deberá ser un ejemplar cultivado de la misma especie y de un tamaño aceptado por la Dirección de Parques y Jardines de la IM de Maldonado.

En caso de existir alineaciones de árboles deberá respetarse: la línea, la especie y la distancia.

Fuente Observaciones
Res.ID. 4042/2001 de 2001-10-25 Artículo 8