VOLUMEN II
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO III
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CAPÍTULO V
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SECCIÓN II
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Dirección de Protección Ambiental
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Fusiónanse la Dirección de Medio Ambiente y la Unidad de Gestión Costera en la Dirección de Protección Ambiental.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 00725/2020 de 2020-01-31 | Artículo 2 |
Dispónese que a cargo de las Direcciones resultantes de las fusiones dispuestas en los numerales 2, 4 y 8, estará el funcionario que desempeñe las tareas de Director a la fecha de la presente resolución en la respectiva unidad funcional objeto de la fusión, sin incremento de las retribuciones.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 00725/2020 de 2020-01-31 | Artículo 13 |