Digesto Departamental

Artículo R.120

Delégase en la Dirección General de Asuntos Legales la facultad de disponer intimaciones en cualquier tipo de procedimiento administrativo departamental.

 

Fuente Observaciones
Res.ID. 5195/2010 de 2010-07-30 Artículo 1

Artículo R.122

Delégase en la Dirección General de Asuntos Legales la facultad de disponer prórrogas, informes letrados de preceptos y ampliaciones en los procedimientos disciplinarios instruídos, así como en las investigaciones administrativas.

Fuente Observaciones
Res.ID. 5195/2010 de 2010-07-30 Artículo 2

Artículo R.136

Delégase en el Dirección General de Vivienda, Desarrollo Barrial y Salud y en la Dirección General de Asuntos Legales, en forma indistinta, disponer la formulación de denuncia penal en aquellos casos en que se constate la ocupación ilegítima de bienes inmuebles de propiedad departamental.

Fuente Observaciones
Res.ID. 01407/2017 de 2017-02-20 Artículo 1