VOLUMEN X
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LIBRO ÚNICO
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PARTE
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TÍTULO V
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CAPÍTULO V
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Disposiciones varias
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SECC. ÚNICA | Aplicación Dcto. 4045/2022 |
Dispónese que las gestiones relacionadas a la aplicación del Decreto Departamental N.º 4045, en lo referente a las disposiciones establecidas en los artículos 1, 3, 5, 6 y 9, en cumplimiento de los principios de buena administración, economía, celeridad, eficacia e informalismo en favor del administrado, se realizarán a través de formulario online disponible en el sitio web de la Intendencia, lo que será informado por las Direcciones correspondientes de acuerdo a la gestión que se desee realizar.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 03870/2022 de 2022-04-29 | Artículo 13 |
Los contribuyentes que deseen amparse a las medidas de facilitación de pago de adeudos deberán realizar las gestiones previstas ante la Unidad de Tributos.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 03870/2022 de 2022-04-29 | Artículo 14 |
Deléguese en la Dirección General de Hacienda resolver las gestiones relacionadas con la presente reglamentación,conforme al artículo 280 de la Constitución de la República.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 03870/2022 de 2022-04-29 | Artículo 15 |
Cométese a la Dirección de Prensa, con plazo de 15 días, en coordinación con la Dirección de Cómputos y la Sub Dirección General de Ingresos Públicos,poner en funcionamiento el sistema que permita dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 13 del presente acto reglamentario y viabilizar el trámite WEB.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 03870/2022 de 2022-04-29 | Artículo 16 |